Descripción: La
Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) realiza la evaluación de la actividad investigadora del profesorado universitario y del personal de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, con el objeto de conceder a las personas que aprueban la evaluación un tramo de investigación o sexenio.
Para qué sirve un sexenio: La solicitud de sexenios es voluntaria. Se puede obtener un máximo de 6 sexenios. La posesión de sexenios ofrece diversas ventajas:
- Renumeración económica (complemento de productividad)
- Prestigio académico (puede ser requisito para dirigir tesis doctorales, figurar como investigador principal en proyectos de investigación, formar parte de tribunales de selección de profesorado, etc.)
- Reducción de carga docente (por sexenios vivos)
- Mérito en acreditaciones
Requisitos: Tendrán derecho a solicitar la evaluación de su actividad investigadora quienes tengan la condición de funcionario/a de carrera o interino/a perteneciente a uno de los siguientes cuerpos docentes universitarios:
- Catedráticos/as de Universidad
- Profesores/as Titulares de Universidad
- Catedráticos/as de Escuela Universitaria
- Profesores/as Titulares de Escuela Universitaria
Además, las universidades que así lo deseen pueden firmar convenios con ANECA para dar la posibilidad de presentar una solicitud a otras figuras de profesorado (contratado doctor, ayudante doctor, etc.)
Resolución UPNA para la presentación de solicitudes por el PDI contratado doctor, ayudante doctor y otras figuras (diciembre 2023)
Solicitudes: ANECA publica una convocatoria anual a finales de año para la presentación de solicitudes. Otra resolución especifica los criterios concretos que se aplican en cada uno de los campos. Es preciso presentar las solicitudes a través de la
sede electrónica de ANECA. La firma para el registro de las solicitudes requiere el uso de certificado digital, DNI electrónico, Clave Pin o Clave Permanente. El/la interesado/a debe indicar en la solicitud el campo por el que desea ser evaluado/a.
Convocatoria actual:
Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la
actividad investigadora (BOE)
Plazo de presentación: desde el 22 de enero hasta el 12 de febrero de 2024
Documentación: Formulario de solicitud rellenado y firmado por el/la solicitante; curriculum que se genera al cumplimentar la solicitud con las 5 aportaciones que la persona interesada desea someter a evaluación; curriculum vitae normalizado (se recomienda el modelo de la FECYT) que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación; hoja de servicios original actualizada que incluya el periodo cuya evaluación se solicita (es imprescindible una vinculación mínima de 8 meses con una universidad o centro de investigación en cada uno de los años presentados)
Procedimiento:
El/la solicitante debe presentar
5 aportaciones publicadas en el periodo de 6 años (no es imprescindible que sean años consecutivos) que desea someter a evaluación. Puede iniciar el cómputo de años a partir del año de graduación o licenciatura.
Las
aportaciones ordinarias que un/a candidato/a puede presentar son: artículos de revistas, libros, capítulos de libros y patentes / modelos de utilidad. Las
aportaciones extraordinarias (informes, comunicaciones a congresos, trabajos técnicos o artísticos, etc.) son también aceptadas en todos los campos hasta un cierto límite.
Cada aportación deberá incluir:
- Los datos que sean necesarios para su identificación
- Un identificador permanente (DOI, Handle, etc.)
- En el caso de publicaciones que no se encuentren en acceso abierto, el archivo PDF de dichas aportaciones
Cada aportación irá acompañada de un
breve resumen en castellano (máximo 4000 caracteres) que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación.
Asimismo, la persona solicitante deberá acompañar los
indicios de relevancia e impacto (hasta 4000 caracteres) de las publicaciones presentadas:
- Contribución de la aportación al progreso del conocimiento (originalidad, innovación, prioridad temática, aportación al debate científico, aportación metodológica, entre otros).
- Impacto científico de la aportación (uso y lectura, referencias realizadas por otros/as autores/as, calidad, internacionalización e impacto del medio de difusión, entre otros).
- Impacto social de la aportación (uso y lectura en plataformas no académicas, menciones no académicas o sociales, interacciones en medios o plataformas sociales, aportación a políticas públicas, entre otros).
- Contribución de la aportación a la ciencia abierta (grado de apertura, cumplimiento de principios FAIR en conjuntos de datos, contribución a software libre, diversidad de repositorios utilizados para el depósito, entre otros).
Cada solicitante podrá incluir hasta
dos aportaciones sustitutorias, que puedan reemplazar a las presentadas en primer lugar y que no reúnan, a juicio del comité correspondiente, una calidad suficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida. Hay que introducir los datos necesarios para identificar cada aportación y un breve comentario sobre sus indicios de calidad (hasta 1000 caracteres), junto a los correspondientes documentos justificativos.
Comités asesores: Son grupos de expertos designados por ANECA para evaluar las solicitudes recibidas. Hay 14 comités que cubren todos los campos temáticos.
Composición de los Comités 2023
Resolución: Plazo máximo de 6 meses. Cada aportación recibe una puntuación entre 0 y 10 puntos. Es necesario obtener al menos 30 puntos (una media de 6 por cada aportación) para conseguir una evaluación positiva. El / la solicitante solo conocerá la puntuación obtenida por cada aportación en caso de evaluación negativa.